Normalizar y uniformizar criterios que permitan la tramitación de las fases del devengado y girado en los casos de gastos sin contraprestación inmediata o directa, en los que se verificará el cumplimiento de los términos contractuales o legales, a fin de dotar de celeridad y eficacia la ejecución del gasto.
DIRECTIVA N° 002-2015-DE-COPESCO/GRC